Los recibos domiciliados por los/las contribuyentes en las diferentes entidades bancarias se cargarán en las correspondientes cuentas de domiciliación mientras que aquellos recibos que se encuentren sin domiciliar deberán ser satisfechos por las personas interesadas exclusivamente en las oficinas de las Entidades Bancarias de la localidad.
El período de pago voluntario finalizará el próximo día 15 de diciembre de 2020.
Los recibos correspondientes se remitirán al domicilio de las personas interesadas que no hayan domiciliado el pago. No obstante, si dicho documento de pago no es recibido por el/la contribuyente, deberá proceder a su solicitud en las Oficinas del Ayuntamiento.
Finalizado el período de pago voluntario, los recibos cuyo pago no se haya hecho efectivo, se recaudarán por la vía de apremio con el recargo correspondiente.
Contra la resolución de la liquidación del primer cuatrimestre de agua de 2020, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a) De reposición ante el mismo órgano autor del acto en plazo que finaliza pasado un mes del último día de pago voluntario.
b) Contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en plazo que finaliza pasados dos meses del último día de pago voluntario.
c) De alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo que finaliza pasado un mes del último día de pago voluntario.
Castejón, 23 de octubre de 2020.–El alcalde, David Álvarez Yanguas.