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Notificaciones de actos del procedimiento ejecutivo Referencia: E070000/00031/2020

BON nº 289. 16/diciembre/2020

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 99.2 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, por circunstancias que en cada caso obran en el expediente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.4 de la referida Ley Foral, se procede a publicar el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y se comunica a los siguientes interesados para que comparezcan personalmente o debidamente representados en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde, de lunes a viernes, en la oficina gestora sita en la calle Íñigo Arista, número 16 bajo de Pamplona, a fin de darse por notificados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer se les tendrá por notificados de los correspondientes actos, a todos los efectos, desde el día siguiente al del vencimiento del mencionado plazo.

Se apercibe a los obligados tributarios que cuando cualquiera de los trámites del procedimiento de apremio se entienda notificado, por no haber comparecido por sí mismos o por sus representantes, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias que se dicten en el procedimiento de apremio, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en él en cualquier otro momento.

Contra este acto administrativo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la notificación de esta resolución.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Castejón, 1 de diciembre de 2020.–La Recaudora Ejecutiva, Ana Ramos Martín de Miguel.